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Ref. CP-2417 · Guía de trámite

Residencia de larga duración en España (2026)

Requisitos y cómo pedirla

Actualizado Última revisión: 5 de octubre de 2026

Si llevas 5 años residiendo legal y continuadamente en España, puedes pedir la residencia de larga duración: te permite vivir y trabajar indefinidamente, sin renovar la autorización. Tus ausencias no pueden superar 10 meses en total ni 6 seguidos. Se pide con el EX-11 y la tasa 052 (21,87 €); la tarjeta se renueva cada 5 años.

Requisitos

  • Haber residido legal y continuadamente en España los 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud (art. 176 RD 1155/2024).
  • Ausencias de España que no superen 10 meses en total ni 6 meses consecutivos (hasta 18 meses en total si son por motivos laborales acreditados).
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia anterior.
  • No tener prohibida la entrada en España ni suponer un peligro para el orden público.
  • Para la modalidad UE: acreditar recursos económicos suficientes y seguro de enfermedad.
  • La estancia por estudios, voluntariado o formación cuenta solo al 50% para los 5 años.

Las vías / modalidades

Larga duración nacional (arts. 182-185)Vivir y trabajar indefinidamente en España. También acceden por supuestos especiales: pensionistas con renta vitalicia, nacidos en España con 3 años de residencia al cumplir 18, españoles de origen que perdieron la nacionalidad y tutelados 5 años por entidad pública.
Larga duración-UE (arts. 175-178)Lo mismo que la nacional más el derecho a pedir residencia en otro Estado miembro de la UE. Exige acreditar medios económicos y seguro médico: compensa si planeas movilidad europea.

Documentos necesarios

DocumentoDetalle
Formulario EX-11Cumplimentado y firmado; marca la modalidad (nacional o UE).
Pasaporte completo en vigor + copiaTodas las páginas, aunque estén en blanco.
TIE vigente + copiaAcredita tu residencia actual.
Prueba de los 5 años de residenciaHistórico de autorizaciones; de apoyo: padrón histórico, vida laboral e IRPF.
Antecedentes penalesDe España (se comprueba de oficio) y de los países donde residiste los últimos 5 años, apostillados y traducidos.
Medios y seguro (solo modalidad UE)Nóminas, IRPF o saldo que cubra tu sostenimiento, más seguro médico.
Tasa 790-052 pagada (21,87 €)Epígrafe 2.6 (larga duración y recuperación).

Paso a paso

  1. Calcula tus ausenciasSuma tus salidas de España en los 5 años: si pasas de 10 meses o alguna supera 6 seguidos, espera a cumplir el cómputo antes de pedirla.
  2. Elige modalidad y reúne documentosNacional o UE (ver vías). Pide con margen los antecedentes del extranjero y el padrón histórico.
  3. Paga la tasa 052 (21,87 €)Genera el impreso 790-052 con el epígrafe 2.6 en la sede electrónica y págalo en banco o telemáticamente.
  4. Presenta el EX-11En la Oficina de Extranjería de tu provincia o por Mercurio con certificado digital. Guarda el registro de entrada.
  5. Espera la resolución (3 meses)Si no hay respuesta en plazo, el silencio es desestimatorio: puedes interponer recurso de reposición o acudir a la vía contenciosa.
  6. Recoge tu TIE de larga duraciónCon la concesión, pide cita de huellas en comisaría (EX-17 + 790-012, 21,87 €). La tarjeta se renueva cada 5 años (10 años desde los 30).

Tasas

TasaImporteNota
790-05221,87 €Epígrafe 2.6: larga duración, LD-UE y recuperación.
790-01221,87 €TIE de larga duración al concederse (epígrafe 4.5).

Plazos y resolución

La Administración dispone de 3 meses para resolver. Si no hay respuesta en plazo, el silencio es desestimatorio y puedes recurrir.

Dónde se hace: Oficina de Extranjería de tu provincia o telemáticamente por Mercurio con certificado digital o Cl@ve. Encuentra tu oficina · Pedir cita previa

Preguntas frecuentes

¿La larga duración caduca?

La autorización es indefinida: lo que caduca es la tarjeta (cada 5 años, 10 desde los 30). Pero pierdes el estatuto si te ausentas más de 12 meses seguidos de la UE o más de 6 años de España (modalidad UE).

¿Nacional o UE: cuál pido?

La nacional si vas a vivir en España: pide menos papeles. La UE solo si planeas mudarte a otro país europeo, porque exige acreditar medios y seguro.

¿Mis años de estudiante cuentan?

A medias: la estancia por estudios, voluntariado o formación computa al 50% de su duración para los 5 años.

¿Necesito contrato de trabajo?

No: la larga duración no exige empleo activo, solo los 5 años de legalidad (y medios únicamente en la modalidad UE).

¿Puedo viajar mientras la pido?

Sí, con tu autorización vigente. Pero ojo: las ausencias largas durante la tramitación pueden romper el cómputo de continuidad.

Fuentes oficiales

Trámites relacionados

Aviso: información general y divulgativa, no constituye asesoramiento jurídico. Verifica requisitos, tasas y direcciones en las sedes electrónicas oficiales antes de actuar.