Formulario EX-11
Residencia de larga duración UE
Cuándo presentarlo: Cuando completes 5 años de residencia legal en España (las ausencias de hasta 6 meses seguidos no rompen el cómputo si no suman más de 10 meses).
Dónde se presenta: Oficina de Extranjería de tu provincia o sede electrónica.
Documentos que lo acompañan
- Pasaporte completo en vigor
- Acreditación de los 5 años de residencia legal
- Tasa 790-052 pagada (21,87 €, larga duración)
Cómo rellenarlo sin errores
- Rellénalo a ordenador o en mayúsculas legibles: un dato ilegible genera un requerimiento y retrasa tu expediente.
- Nombre, apellidos y fecha de nacimiento idénticos al pasaporte: mismo orden y misma ortografía.
- Refleja tus 5 años de residencia legal continuada; las ausencias largas pueden computarse en tu contra.
- Domicilio a efectos de notificaciones: pon donde realmente recibas correo, no una dirección antigua.
- Firma y fecha: un impreso sin firmar no es válido.
Errores frecuentes
- Pedirla sin completar los 5 años de residencia legal: revisa el cómputo antes de presentar.
- Presentar un impreso descargado de una web de terceros y desactualizado: usa siempre el vigente de la sede oficial.
- Datos que no coinciden con el pasaporte (orden del nombre, fechas).
- Presentarlo sin firmar o sin el justificante de la tasa.
Preguntas frecuentes
¿La larga duración caduca?
La autorización es permanente, pero la tarjeta física se renueva cada 5 años: solo se renueva el documento, sin reevaluar requisitos.
¿Qué pasa si me equivoco o falta un documento?
La oficina te envía un requerimiento de subsanación: tienes 10 días hábiles para corregirlo (art. 68 de la Ley 39/2015). Si no respondes, se te tiene por desistido. Por eso conviene revisar el impreso dos veces antes de presentarlo.
¿Puede presentarlo otra persona por mí?
Sí, con autorización firmada por ti y copia del documento de identidad de ambos. Por sede electrónica necesitará certificado digital.