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Tasas de extranjería

Actualizado Última revisión: 25 de septiembre de 2026

Qué tasa corresponde a cada trámite, cuánto cuesta y cómo pagarla sin errores.

TasaTasa 790 código 0129,84 – 21,87 € según epígrafeTasaTasa 790 código 05210,94 – 38,28 € según epígrafeTasaTasa 790 código 026104,05 €*

¿Cuál te toca?

Si vas a…Paga…Importe
Pedir una autorización, un arraigo o una renovación790-052 (Extranjería)10,94–38,28 €
Hacerte el NIE, la TIE o un certificado790-012 (Policía)9,84–21,87 €
Pedir la nacionalidad española790-026 (Justicia)104,05 €
Contratar a un trabajador extranjero (paga el empleador)790-062 (autorizaciones de trabajo)81,54–407,71 €

Importes de la Orden PJC/617/2025 (BOE-A-2025-12056), salvo la 026 (Ministerio de Justicia). Recuerda: la tasa grava la tramitación, no el resultado; no se devuelve si deniegan.

Cómo se pagan (en general)

Las tres siguen el mismo circuito: genera el impreso del modelo 790 con tu epígrafe en la sede electrónica oficial, págalo telemáticamente o en un banco colaborador, y conserva el justificante con NRC o el ejemplar sellado. Sin prueba de pago, la solicitud no se admite a trámite. Nunca uses impresos de webs de terceros: solo vale el generado en la sede, con tus datos.

Aviso: información general y divulgativa, no constituye asesoramiento jurídico. Verifica requisitos, tasas y direcciones en las sedes electrónicas oficiales antes de actuar.