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Formulario EX-29

Prórroga de estancia corta

Actualizado Última revisión: 28 de septiembre de 2026

Para qué sirvePedir la prórroga de la estancia de corta duración (turismo o visita) más allá de los 90 días iniciales.

Cuándo presentarlo: Antes de que caduque tu estancia, por causa justificada (médica, humanitaria o fuerza mayor).

Dónde se presenta: Oficina de Extranjería o comisaría de tu provincia.

Documentos que lo acompañan

Cómo rellenarlo sin errores

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Me la dan por turismo sin más?

No: exige causa justificada. Querer seguir de turista no es causa.

¿Puedo trabajar con la prórroga?

No: la estancia, prorrogada o no, nunca autoriza a trabajar.

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Modelo oficialDescargar EX-29Enlace externo a la sede oficial.

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